cobro obligatorio de bolsas de plástico

 

Debido al retraso en aprobar el real decreto que regulará la obligación de cobrar por las bolsas de plástico en el comercio, no entrara en vigor la obligación desde el 1 de Marzo del 2018

Esto viene de la obligación de trasponer a la legislación española una directiva comunitaria, en la que los comercios deberán cobrar obligatoriamente por las bolsas de plástico, salvo por las calificadas de «muy ligeras», a partir del 1 de marzo de 2018.

También contemplaba que a partir del 1 de enero de 2020 no se puedan entregar a los consumidores bolsas de plástico ligeras y muy ligeras en los comercios, excepto si son de plástico compostable.

El proyecto de real decreto fijaba unos precios orientativos recomendados dependiendo del espesor de cada bolsa y que oscilan entre los 5 y los 15 céntimos de euro por unidad.

La norma española establece un rango de precios a cobrar según el espesor y la materia de cada bolsa, que clasifica en cuatro grupos: las degradables de un solo uso y/o menos de 15 micras deberán ser las más caras (entre 5 y 30 céntimos de euro), mientras que las degradables de entre 15 y 29 micras deberán cobrarse a 10 céntimos de euro, lo mismo que las de 30 micras o más.

Sin embargo, las compostables, elaboradas a partir de almidón de cereales o de papa, que pueden ser reciclables en el ciento por ciento, serán las más económicas, con precios medios de 2 y 3 céntimos de euro hasta 5 céntimos de euro en función de su tamaño.

Aunque la norma arranca el 1 de enero, a partir del 1 de marzo los establecimientos que sigan entregando bolsas plásticas de forma gratuita podrán ser sancionados de acuerdo con la Ley General Para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Además, los establecimientos deberán exponer al público los precios que aplican a cada bolsa.

Además, las bolsas deberán incorporar información sobre su forma de reciclaje. Las compostables pueden ir a cubos de basura orgánicos, pero las restantes deben depositarse en los contenedores amarillos. Es más, a partir del 1 de enero de 2020 quedará prohibida la comercialización, importación y exportación de las bolsas y envases degradables.

La nueva normativa sobre bolsas de plástico en comercios también define los distintos tipos de bolsas que se utilizan en comercios, sin excluir las tiendas online:

Bolsas de plástico ligeras: son aquellas que tienen un espesor inferior a 50 micras. Es la comúnmente llamada “bolsa camiseta” o “de un solo uso” debido al escaso grosor con el que cuenta.

Bolsas de plástico muy ligeras: estas bolsas cuentan con un espesor inferior a 15 micras. Son las bolsas que normalmente se utilizan por higiene para transportar productos vendidos a granel (fruta, verduras…).

Bolsas de plástico biodegradables

Bolsas de plástico oxodegradables: están fabricada con plásticos que contienen aditivos que, una vez desechadas, se transforman en microfragmentos y terminan fusionados con el medio ambiente.

Bolsas de plástico compostables: también llamadas bolsas biodegradables, están fabricadas a partir de almidón de cereal. Deben cumplir la norma europea EN 13432:2000, que fija los requisitos de producción de envases y embalajes compostables y biodegradables.

De todas las bolsas plásticas las oxodegradables, fotodegradables, hidrodegradables y termodegradables son las más contaminantes. A su composición de derivados del petróleo se añaden aditivos que hacen que se fragmenten en miles de piezas minúsculas que se dispersan por la naturaleza y que los peces confunden con plancton, por lo que acaban en la cadena alimentaria.

Solo están en nuestras manos unos minutos pero tardan más de 500 años en desaparecer. Además, apenas se reciclan (un 10 %), según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama).

 

¿Que bolsas tienen que cobrarse?

 

Se deberán cobrar todas las bolsas de plástico, pero hay que prestar atención a dos casos especiales:

Las bolsas de plástico muy ligeras de menos de 15 micras podrán ofrecerse gratuitamente. Eso sí, estas deben utilizarse por cuestiones higiénicas y/o para alimentos a granel.

Las bolsas compostables y biodegradables contarán con un precio mínimo inferior a las bolsas de plástico estándar.

 

¿Cuanto hay que cobrar?

 

– Bolsas de plástico muy ligeras con menos de 15 micras de espesor con usos distintos a los especificados anteriormente: 10 céntimos/bolsa.

– Bolsas de espesor entre las 15 y las 29 micras10 céntimos de euro/bolsa.

– Bolsas de espesor igual o superior a las 30 micras15 céntimos de euro/bolsa.

¿Y si son bolsas de plástico compostable?

 

– Bolsas de espesor inferior a 15 micras con a usos diferentes: 5 céntimos de euro/bolsa.

– Bolsas de espesor de entre las 15 y las 29 micras5 céntimos de euro/bolsa.

– Bolsas de espesor igual o superior a las 30 micras10 céntimos de euro/bolsa.

 

¿Y por las oxodegradables?

 

– Bolsas de espesor igual o superior a las 50 micras30 céntimos de euro/bolsa.

 

En resumen, el comerciante tiene que tener en cuenta que:

Las medidas que se deberán adoptar una vez se apruebe este proyecto y pase a ser Real Decreto, serán las siguientes:

    “1.  A partir del 1 de marzo de 2018:

a) Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras.

b) Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio de las bolsas de plástico, los comerciantes podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I.

c) Asimismo los comerciantes informarán a los consumidores de los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible.

A partir del 1 de enero de 2020:

a) Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable.

b) Se prohíbe la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables.

c) Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 30 % de plástico reciclado.”